PAGARÉ
Su
definición: El Pagaré es un título de crédito que encierra la
promesa de cubrir a una persona o a su orden cierta cantidad de dinero, en la
fecha que en el mismo documento se especifica.
Personas
que intervienen. El Pagaré se diferencia de la Letra de Cambio
en que sólo intervienen originariamente dos personas, en lugar de las tres que
figuran en la Letra de Cambio. A estas personas se les designa con los nombre
de suscriptor y beneficiario.
Datos
que debe contener. Los requisitos esenciales del Pagaré son estos:
1. Lugar
y fecha de expedición.
2. Fecha
y lugar en que deberá efectuarse el pago.
3. La
palabra “Pagaré” escrita al iniciarse la redacción del documento.
4. La
promesa de que el pago se hará incondicionalmente.
5. El
nombre del beneficiario o persona a quien debe hacerse el pago, precedida de la
expresión “a su orden”.
6. La
cantidad importe del documento, en número y letra.
7. El
concepto por el cual se extiende el título.
8. La
firma del suscriptor (persona que extiende el Pagaré).
9. Número
de Pagaré.
10. Porcentaje
de intereses moratorios.
El
Pagaré se extiende con frecuencia en forma impresa; pero también se acostumbra
redactarlo cada vez que el caso lo requiere.
Si
el Pagaré tiene como origen una operación de compra-venta debidamente amparada
por la factura respectiva, queda exenta del impuesto sobre la renta, conforme a
disposiciones que ha dictado la Secretaria de Hacienda.
Pagaré mancomunado o solidario. Este Pagaré es, como el anterior, un título de crédito que sólo se diferencia del Pagaré simple, en que son varios los giradores. Estos contraen la obligación mancomunada (cuando cada uno de los suscriptores se obliga únicamente por una parte), o solidaria (cuando cada uno se obliga hasta por el total del documento, a efectuar el pago incondicionalmente en la época precisa de su vencimiento.
Hola, una pregunta:
ResponderEliminarel pagare se puede emitir o convenir entre 2 pymes sin que intervenga una institucion financiera?
me dieron un titulo de propiedad por una deuda de un pagaré?esta persona morosa ya lleva dos meses de retraso puedo adquirir su titulo de propidad justificando con el pagaré?
ResponderEliminarMe interesaría saber cómo descontar un pagaré
ResponderEliminar